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Dictadura cívico-militar: Anulan sobreseimiento de exjefe carcelario de Salta

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Los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Alejandro Slokar de la Cámara Federal de Casación Penal anularon la resolución de la Cámara de Apelaciones de Salta que había sobreseído a Juan Carlos Alzugaray, exalcaide mayor del Servicio Penitenciario de Salta condenado en 2011 a 20 años de prisión por su participación en la “Masacre de Palomitas”.

Se conoce como “Masacre de Palomitas” al asesinato de once presos políticos que estaban alojados en el penal de Villa Las Rosas y que fueron acribillados a balazos a la vera de la ruta nacional 34, en el departamento de General Güemes, el 6 de julio de 1976, tras el golpe cívico-militar.

Alzugaray fue procesado el 13 de abril de 2022 por el juez de Garantías N°1, Julio Bavio, como coautor del homicidio agravado por alevosía y por el número de intervinientes y privación ilegítima de la libertad cometida por abuso funcional y agravada por el empleo de violencia y amenazas en perjuicio de Héctor Ramón Pérez, subjefe en el Servicio Penitenciario salteño.

En ese fallo, Bavio sostuvo que Alzugaray participó de la desaparición y posterior homicidio de Pérez el 7 de noviembre de 1977. Pero la Cámara Federal de Salta revirtió esa condena y sobreseyó al condenado. Ahora, tras el recurso interpuesto por el fiscal general Eduardo Villalba– que fue sostenido por su colega Raul Pleé– los jueces revocaron el sobreseimiento. 

Al apelar el sobreseimiento, el fiscal Villalba criticó que el tribunal de alzada se había apartado de las constancias de la causa e indicó que los jueces hicieron una valoración “errónea y arbitraria, por cuanto desvaloriza las declaraciones efectuadas, principalmente, por el testigo de identidad reservada y por la esposa de la víctima y además minimiza el contexto en el cual sucedieron los hechos”, cometidos “durante el terrorismo de Estado y el funcionamiento en términos reales del aparato organizado de poder imperante”.

También dijo el fiscal que los jueces que sobreseyeron a Alzugaray “le otorgaron validez a la versión oficial del régimen represor sobre los hechos de los que fue víctima Pérez”. El juez Petrone señaló en su voto que la Cámara Federal no analizó la totalidad de los elementos de prueba reunidos, sino que efectuó una apreciación parcial y descontextualizada de las constancias incorporadas a la causa, extremo que la convierte en arbitraria, razón por la que corresponde receptar la impugnación deducida”.

El magistrado ponderó que en la investigación la mujer reveló también que, a las dos horas de irse su esposo, se presentaron dos personas vestidas de civil, invocando pertenecer a la Policía Federal y preguntaron por su marido. A pesar de resistirse, dijo que “éstos ingresaron por la fuerza, revisaron toda la vivienda, rompieron muebles y se llevaron libros, notas, prendas de vestir y algún armamento que pertenecía a su marido”.

Luego de ese suceso, el padre de la victima realizó la denuncia, pero la policía nunca fue a su casa a verificar. El camarista también resaltó el hecho de que un auto Ford Falcón “pasaba a muy baja velocidad por su domicilio en forma reiterada”.

En cuanto a la participación de Alzugaray, el camarista remarcó lo indicado por la viuda al señalar que su esposo tenía discusiones con el imputado, que por ello sentía miedo tanto de él como de la Policía Federal. Puso de relieve que la mujer confirmó que el entonces jefe penitenciario conocía perfectamente a Pérez, ya que ambos se desempeñaron en la Unidad Regional N°1, cuando sucedieron los hechos de Palomitas.

Asa las cosas, el juez concluye afirmando: “Estos elementos probatorios reunidos, analizados en su conjunto con el resto de las pruebas incorporadas y principalmente, en el contexto histórico en el cual se produjo la desaparición de Pérez, dan sustento a la hipótesis acusatoria que coloca a Alzugaray en los hechos imputados”. De tal manera que se ha revocado el sobreseimiento. 

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