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- La medida alcanza al transporte urbano e interurbano de la Región Metropolitana.
- Las empresas tendrán 20 días para implementar controles antes y durante cada turno.
La Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) dispuso la obligatoriedad de controles de alcoholemia a choferes de colectivos mediante la Orden Regulatoria 1/26, con el objetivo de reducir la siniestralidad vial y reforzar la seguridad de pasajeros y terceros.
La resolución, emitida por el Directorio del organismo, establece que las empresas de transporte urbano e interurbano de la Región Metropolitana deberán implementar en un plazo máximo de 20 días un sistema de controles sistemáticos y regulares de alcohol en sangre a sus conductores.
Según lo dispuesto, los exámenes deberán realizarse antes del inicio de cada turno y también durante la jornada laboral. Los controles podrán efectuarse en instalaciones de las empresas, terminales, cabeceras, puntas de línea o en el lugar de inicio del servicio.
La normativa indica además que todo chofer está obligado a someterse a las pruebas. En caso de detectarse alcoholemia positiva, el conductor no podrá prestar servicio y la empresa deberá designar de inmediato un reemplazo para no afectar la regularidad del transporte.
En materia de contrapruebas, regirá lo establecido en la Ley Provincial 7846. Asimismo, los dispositivos utilizados deberán estar homologados, verificados y certificados, y las empresas deberán dejar constancia documentada de cada control realizado.
Desde la AMT señalaron que la medida busca fortalecer la prevención, reducir riesgos de accidentes y generar mayor responsabilidad tanto en conductores como en empresas operadoras del sistema.




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