¿Puede Emiliano Durand ser candidato a Intendente de Salta Capital siendo de San Lorenzo?

En las últimas horas se puso en duda la candidatura de Durand porque no estaría cumpliendo con todos los requisitos de la Carta Municipal. ¿Qué podría suceder?

Este lunes comenzó a circular una noticia que podría generar un cimbronazo en el oficialismo provincial en las elecciones: el senador provincial Emiliano Durand no cumpliría todos los requisitos de la Carta Municipal para ser candidato a Intendente del municipio Salta Capital.

De acuerdo con el abogado constitucionalista Antonio María Hernández, Durand estaría impedido de ser candidato por la aplicabilidad del artículo 24 de la Carta Orgánica Municipal que establece que para ser Intendente se requiere “ser vecino del Municipio con una residencia inmediata anterior de dos años”.

Intentar ser candidato sin cumplir con el requisito del domicilio es una de las trampas a las que los argentinos estamos acostumbrados y por esas trampas así nos va”, analizó el también profesor universitario en diálogo con Radio Salta.

Durand tendría como domicilio el Pasaje Arenales 970 de V° San Lorenzo, municipio homónimo, perteneciente también al departamento Capital. Allí emitió su voto en las elecciones de 2021 en las que fue electo representante en el Senado.

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Luego de que se conociera esta postura en la agenda pública medios afines al Gobierno replicaron la interpretación del Tribunal Electoral a través de su secretario Pablo Finquelstein. El funcionario sostuvo que en realidad se debe aplicar la residencia efectiva según lo establecido por la Constitución Provincial en el artículo 172. 

Dicho artículo señala que para ser Intendenta o Intendente se debe tener veinticinco años de edad como mínimo, ser nativa o nativo del Municipio o tener cuatro años de residencia inmediata anterior en él y las demás condiciones para ser Concejala o Concejal”. Es decir, en este caso son 4 y no 2 los años requeridos.

Así las cosas, pareciera ser que la controversia planteada se resolvería en el Poder Judicial, si es que hay alguna impugnación para impedir la candidatura de Durand. A partir de entonces, quedara la interpretación de los jueces y las juezas que integran la Corte de Justicia sobre la Constitución Provincial.

 

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