Massa propuso discutir en el Congreso una nueva Ley de Alquileres
El titular de Diputados llamó a debatir una normativa para revertir el impacto negativo de la legislación vigente que «fracasó». Puso énfasis en que debe otorgar «certeza al propietario y garantías y tranquilidad al inquilino».

Sergio Massa en sesión de la Cámara de Diputados - Archivo
El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, llamó a debatir en el Parlamento una nueva Ley de Alquileres que otorgue «certezas» a propietarios e inmobiliarias y «garantías y tranquilidad» al inquilino.
Massa dijo que «en el Gobierno anterior, el Congreso sancionó una ley que fracasó» porque «terminó disminuyendo la oferta, retrayendo la posibilidad de desarrollar el negocio y además generando incertidumbre y dificultades para el inquilino«.
Curiosamente, dicha norma se sancionó durante la gestión actual, en 2020, en cuyo tratamiento el oficialismo aportó 39 votos a favor en la Cámara baja. Sí es cierto que contaba con aval de la Cámara de Diputados desde noviembre de 2019, durante la administración Mauricio Macri.
«Tenemos que discutir una nueva ley de alquileres que le dé certeza al propietario y garantías y tranquilidad al inquilino para que el sector pueda desarrollar libremente ese emprender noble que tienen a lo largo y ancho del país«, manifestó el tigrense este miércoles.
La propuesta de Massa tuvo lugar en el acto por el Día de la Construcción, una actividad que genera movimiento económico interno y puestos laborales. Según el Indec, en septiembre este rubro creció alrededor de 27,1% interanual.
Vale recordar que la actual Ley de Alquileres- considerada un fracaso- fue impulsada por organizaciones de inquilinos, principalmente de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires.
Por su parte, en la actividad también se adelantó que el Frente de Todos busca debatir dos leyes claves para reimpulsar al sector: el proyecto para prorrogar la vigencia del Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y acceso a la Vivienda, por un lado, y, por otro, el proyecto de Ley para otorgar créditos hipotecarios que se ajusten por el índice de variación salarial.
“Sin dudas, si hay una industria generadora y multiplicadora de empleo es la industria de la construcción. Cuando se mueve la construcción, se mueve el hierro, la madera, el comercio del barrio y cada uno de los sectores que accionan en esa cadena de valor impresionante que tiene la industria de la construcción en la Argentina y en el mundo», argumentó Massa.
En el acto, desde el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación informaron sobre el crecimiento del sector en los últimos meses. «La industria de la construcción lleva 13 meses consecutivos generando empleo, totalizando 376 mil nuevos trabajadores registrados. Hay más de 3 mil obras públicas en ejecución con el impulso del Estado», afirmó Luciano Scatolini, secretario de la cartera que conduce Jorge Ferraresi.
Del encuentro en confitería El Molino participaron el presidente Alberto Fernández, Massa, Scatolini y el titular de la Cámara Argentina de la Construcción, Iván Szczech.
Qué dice la actual Ley de Alquileres
La Ley 27.551- promulgada por el Ejecutivo el 30 de junio– modificó el Código Civil y Comercial de la Nación. A continuación los principales puntos:
- El mes anticipado y el depósito de garantía no pueden ser mayores al equivalente a un mes de alquiler, respectivamente.
- El reintegro del mes de garantía debe realizarse en efectivo al momento de la restitución del inmueble, al valor del último mes de alquiler.
- El plazo mínimo del contrato se amplía de dos a tres años, con las excepciones del artículo 1199 del Código Civil y Comercial de la Nación.
- Aquellas expensas que deriven de gastos habituales, es decir, vinculados a los servicios normales y permanentes a su disposición quedan a cargo del locatario. Las expensas extraordinarias debe pagarlas el locador.
- Los gastos a cargo del locador pueden ser compensados por el locatario con el importe de los alquileres, previa notificación fehaciente.
- En cuanto a la garantía, el locatario debe proponer al menos dos alternativas entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario (recibo de sueldo, certificado de ingresos, etc.).
- La intermediación solo puede estar a cargo de un profesional matriculado para el corretaje inmobiliario.
- Sobre el valor de la garantía, el locador no puede requerir garantía que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación, salvo el caso de que la garantía sea de ingresos, en cuyo caso puede elevarse a diez veces.
- Respecto a la actualización monetaria/indexación, la nueva ley excluye a los contratos de locación de los arts. 7 y 10 de la Ley de Convertibilidad 23.928.
- En la fijación del valor de los alquileres solo se admiten ajustes anuales, que deben seguir un índice conformado en partes iguales por el IPC (índice de precios al consumidor) y el RIPTE (remuneración imponible promedio de los trabajadores estables).
- Se establece la obligatoriedad de declarar los contratos de locación ante la AFIP.
- Se crea el Programa Nacional de Alquiler Social para la adopción de medidas que faciliten el acceso a la vivienda digna en alquiler mediante contratación formal; entre ellas: la especial consideración de las personas en situación de violencia de género, la regulación de la actividad de las entidades que otorgan garantías de fianza o seguros de caución, la promoción de un seguro obligatorio para cubrir las faltas de pago de alquileres y las indemnizaciones por daños y ocupación indebida de inmuebles.
- Se dispone el desarrollo de mecanismos de bajo costo o gratuitos para la resolución de conflictos derivados de los contratos de locación.