INAI reconoce territorios a comunidades del Pueblo Kolla en Salta
La presidenta del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, Magdalena Odarda, firmó la resolución de reconocimiento territorial a la Comunidad Centro Comunitario Finca San José. ¿Cuántas comunidades faltan relevar sobre el total que se registraron? La mayoría son de Salta.

En el 2006 el Congreso de la Nación sancionó la ley Nº 26.160 de Emergencia Territorial Indígena que ordena un relevamiento técnico-jurídico-catastral de las tierras donde habitan los pueblos originarios y suspende la ejecución de sentencias judiciales de desalojo, cuya última prórroga se dio a fines del 2021.
Desde entonces unas 1.779 comunidades originarias fueron registradas en el territorio argentino; 989 de ellas ya tienen sus carpetas técnicas y faltan elaborar las de 658, según un informe del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. La provincia de Salta es la que registra mayor cantidad de pueblos indígenas: 514; le sigue Jujuy con 298; y luego Chaco con 116.
Ahora fue el turno de la Comunidad Centro Comunitario Finca San José perteneciente al Pueblo Kolla que habita el territorio del departamento Iruya, Salta, pues la presidenta del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INAI), Magdalena Odarda, firmó la resolución de reconocimiento.
«Cumplido el Relevamiento Técnico Jurídico y Catastral, queda reconocida la ocupación actual, tradicional y pública de la Comunidad«, explicó la funcionaria nacional al respecto.
Dicho relevamiento fue realizado por el Equipo Técnico Operativo (ETO) conformado por el Consejo de Participación Indígena – CPI -, los Institutos Aborígenes Provinciales, Universidades Nacionales, Entidades Nacionales, Provinciales y Municipales, Organizaciones Indígenas y Organizaciones no Gubernamentales.
Entre las tareas a destacar se ha elaborado un Informe Histórico Antropológico para trazar «la íntima relación de la comunidad con su territorio, en cuanto a su historia, sus aspectos materiales y espirituales, como así también el proceso de defensa a través de los distintos contextos históricos», detallaron fuentes oficiales.
“Con acciones concretas a lo largo y ancho del país seguimos sosteniendo la necesidad de una reparación histórica, cada carpeta técnica otorgada constituye un sustento legal que acredita el reconocimiento del territorio ancestral”, señaló Odarda al cierre del anuncio.
¿Cuáles son los objetivos de la Ley 26.160?
- Declara la emergencia territorial de las comunidades indígenas originarias del país.
- Suspende la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras que ocupen las mismas.
- Ordena realizar un relevamiento técnico, jurídico y catastral de las Comunidades Indígenas y en caso de corresponder, de tierras ocupadas por las mismas de forma actual, tradicional y pública.
¿Cuál es el resultado del relevamiento técnico, jurídico y catastral?
- Una Carpeta Técnica que se entrega a cada comunidad cuyo relevamiento ha sido culminado, que contiene los siguientes componentes:
- Un Cuestionario Socio Comunitario (CUESCI), con los datos brindados por la Comunidad acerca de la situación actual en la que vive;
- En las Comunidades Indígenas que acreditan ocupar tierras de manera actual, tradicional y pública, se entregan: Cartografías de ocupación con dichas características; cartografías de caracterización catastral y, de acuerdo al caso, diferentes mapas que reflejen las características de ocupación y la superposición con los titulares registrales, en caso de existir dichas cartografías se realizan con el insumo surgido durante el trabajo de campo del equipo técnico operativo en la comunidad. Si la situación territorial anterior a dicho trabajo era otra o posteriormente varía, esa realidad no se ve reflejada en las mismas;
- Un Informe Histórico Antropológico que contiene el relato de la historia de cada Pueblo y cada Comunidad y la descripción de su relación con la tierra;
- Un Dictamen Jurídico o Informe Legal que reúne todos los antecedentes legales de la comunidad, la información catastral y dominial de la tierra relevada y sugiere a la Comunidad posibles estrategias administrativas o judiciales para encaminar, a futuro y por otro medio, su reclamo;
- Una Resolución Administrativa que da por realizado el relevamiento y, en caso de corresponder, reconoce la ocupación actual, tradicional y pública de la Comunidad.
La Carpeta Técnica es una herramienta que, en conjunto con otros elementos y con una futura Ley de Propiedad Comunitaria, posibilitaría encaminar la regularización de las tierras.