El papel de La Veloz del Norte y otras empresas en la dictadura cívico-militar
La Secretaría de Derechos Humanos publicó el informe «Responsabilidad empresarial en las violaciones de derechos humanos en Argentina». Entre las 25 empresas mencionadas se encuentra la firma salteña dedicada al transporte, en cuyo juicio se logró la primera condena a la pata civil del terrorismo de Estado representada en la persona de Marcos Levín.

Este 24 de marzo se cumplen 47 años del Golpe de Estado de 1976 que fue ejecutado por mandos militares, quienes se alzaron contra el Gobierno Constitucional con el objetivo principal aplicar políticas económicas a favor del capital extranjero y de parte del empresariado argentino. Se inició así un ciclo de privatización de empresas estatales, de endeudamiento externo y de estatización de la deuda privada, de recorte al gasto público y la eliminación del control de precios.
Con la recuperación de la democracia el 10 de diciembre de 1983- este año se cumple el aniversario número 40- y el avance de los juicios de lesa humanidad- particularmente con el impulso de los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner- se pudo comprobar la participación de empresarios en los secuestros, torturas, muertes y desapariciones forzadas de miles de trabajadores y trabajadoras en todo el país.
La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación publicó un informe titulado «Responsabilidad empresarial en las violaciones de derechos humanos en Argentina» que retoma una investigación de 2015 a cargo del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso) y el programa Verdad y Justicia.
El trabajo reconstruye un denominador común y particularidades sobre el rol de 25 empresas de seis regiones del territorio durante el terrorismo de Estado. Se destacan la confección y entrega de documentación sobre trabajadores a los militares, la provisión de recursos logísticos para ejecutar la represión ilegal o la presencia de altos funcionarios corporativos en los operativos.

«Pasar de la comprobación de la responsabilidad de una estructura empresarial en delitos de lesa humanidad a la responsabilidad de imputados específicos es un proceso que lleva un enorme trabajo», dijo a Télam la coordinadora de la Unidad Especial de Investigación de Delitos de Lesa Humanidad cometidos con Motivación Económica, Victoria Basualdo.
Basualdo explicó que «no solo son factores de poder muy grandes a nivel territorial sino que además también tienen muchas influencias políticas, económicas y sociales y hay temor a lo que implica la judicialización de estas responsabilidades». En tanto que sobre los juicios en curso se ha destacado el cruce de información incorporando el análisis contable que permitió detectar ganancias diferenciales de empresas tras el recorte de derechos laborales o del silenciamiento a reclamos.
En el listado de empresas que contribuyeron y se beneficiaron de la última dictadura cívico-militar se encuentra «La Veloz del Norte«, la empresa salteña dedicada al transporte de pasajeros. En dicha causa fue condenado el dueño de la empresa Marcos Levín: en 2016 recibió la pena de 12 años de prisión por el secuestro y la tortura de un empleado.
La sentencia contra Levín fue la primera condena en casos de responsabilidad empresarial por crímenes de lesa humanidad cometidos durante el terrorismo de Estado. Además, existe otra causa contra Levín, el exjefe de personal de la firma José Antonio Grueso, el exjefe de la Comisaría Cuarta, Víctor Hugo Almirón, y el exoficial Enrique Víctor Cadrdozo.
También se destacaron los fallos por la causa Ford (en la cual se condenó a los altos mandos de la firma transnacional); el de los procesamientos a figuras vinculadas a Norwinco y al ingenio La Fronterita, ambas de Tucumán; el de la empresa Acindar en la represión de Villa Constitución; como así también la causa contra Carlos Blaquier del poderoso Ingenio Ledesma, que fue paralizada hasta lograr la impunidad biológica: el 13 de marzo Blaquier murió.

El rol de «La Veloz del Norte»
Levín, Grueso, Almirón y Cardozo enfrentan cargos por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por haberse cometido con violencia y amenazas; y por su duración de más de un mes en el caso específico de un detenido (delegado gremial), en concurso real con imposición de tormentos agravada por ser las víctimas perseguidas políticas, hechos cometidos en perjuicio de 17 empleados.
De acuerdo al requerimiento a juicio del Área de Derechos Humanos de la Unidad Fiscal de Salta a cargo de Carlos Amad, los hechos imputados fueron cometidos en el marco de los “procedimientos policiales realizados entre los días 20 de enero y el 24 de enero de 1977 en las provincias de Salta y Tucumán”, cuando efectivos de la exComisaría Cuarta de la policía provincial detuvieron sin orden judicial a unos 25 trabajadores de la empresa de Levín.
Las detenciones se produjeron en momentos en que los trabajadores prestaban servicio para la empresa, estaban en los domicilios particulares, o bien, se efectivizaron en la Comisaría, adonde habían sido previamente citados. Todo ello se desencadenó a partir de una denuncia formalizada por Levín en la misma comisaría, que fue asimismo un centro clandestino de detención durante la última dictadura cívico-militar.
En esa denuncia, Levín acusó a sus empleados de participar en una supuesta defraudación a la empresa, que nunca quedó acreditada judicialmente. Fuentes judiciales detallaron que, durante los operativos de detención, intervino personal policial uniformado y de civil, y se utilizaron tanto vehículos policiales no identificados como rodados provistos por la empresa.

Según el fiscal Amad, las detenciones ilegales se realizaron siguiendo una lista provista por Levín, a través de Grueso, tal como han hecho los civiles acusados por delitos de lesa humanidad durante el Terrorismo de Estado. Todos los trabajadores terminaron en la Comisaría 4ta ubicada en calle Lerma 656. Allí los imputados decidieron sobre la situación de algunos de los detenidos, todo de manera extrajudicial.
“Específicamente, determinaron el tratamiento represivo que se aplicaría a cada una de las personas detenidas, tanto en lo referente a la privación de libertad como en cuanto a los interrogatorios y torturas a las que serían sometidas, en particular las víctimas de autos”, resaltó el fiscal en la acusación. Amad cita testimonios que afirman que Cardozo, bajo supervisión de Almirón y Levín, torturó a los empleados: les vendaron los ojos, los maniataron y los desnudaron.
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Para ocultar los gritos de las personas torturadas a golpes, torcimiento de sus miembros, uso de picanas eléctricas en partes sensibles, los policías encendieron una radio a alto volumen y un motor. Durante esas torturas las víctimas fueron tildadas de «subversivas» y se las interrogó sobre actividades sindicales y sobre la persona del delegado gremial.
Como corolario, fueron obligadas a firmar declaraciones cuyo contenido no se les permitió leer, en las que se auto incriminaron o incriminaron a otras víctimas y reconoceron los ilícitos que Levín había denunciado, según surge del requerimiento a juicio de la Unidad Fiscal de Salta.
La fiscalía sostuvo que “los hechos tratados en este proceso no son, en modo alguno, delitos aislados cometidos por una o varias personas. Al contrario, las conductas aquí reprochadas forman parte de un plan organizado y sistemático de represión ilegal, concebido y ejecutado desde la cúpula del aparato organizado de poder del Estado, cuyos objetivos no se limitaron a la faz represiva, sino que se proyectaron a las instancias económicas, sociales y culturales”.

La fiscalía reseñó que Levín aportó la lista de trabajadores que quería que fueran detenidos y también dio información de inteligencia para proceder con las mismas. Además, puntualizó que el empresario formuló la denuncia como disparador de las detenciones ilegales y los otros delitos de lesa humanidad sobrevinientes, que fueron posibles gracias al aporte de la estructura empresarial, que destinó vehículos para esos fines.
En rigor, la prueba cúlmine de su participación en los hechos, en calidad de instigador, sin embargo, provino de las propias víctimas, quienes en sus testimonios dieron cuenta de la presencia personal de Levín a toda hora en la comisaría Cuarta y en la sala de torturas. A Grueso también lo ubicaron siempre al lado de Levín y como intermediario con la cúpula policial.
«Del análisis del conjunto de la prueba recabada, la fiscalía concluyó que la policía manejaba información de inteligencia sobre los trabajadores, y que la principal fuente de esa información era Grueso, razón por la cual la fiscalía consideró que fungió como “partícipe necesario” en los delitos imputados», señala la acusación. Y agrega que Almirón fue quien dispuso y ordenó, en su calidad de comisario a cargo de la comisaría, la privación ilegítima de la libertad y la aplicación de tormentos en contra de las víctimas en calidad de coautor junto a Cardozo.
«El ex jefe policial, además, fue acusado de haber impartido las órdenes necesarias para que el personal bajo su dependencia orgánica y funcional procediera a detener sin orden judicial a las víctimas y a torturarlas en el interior de la dependencia a su cargo, para lo cual puso a disposición de los autores directos los medios materiales e ideológicos necesarios, a partir del control que ejercía sobre sus subordinados», continúa la acusación.
Y concluye que, en ese marco, Cardozo, como oficial auxiliar, tuvo un rol material en los hechos imputados, ya que -de acuerdo con las pruebas ponderadas por la fiscalía- fue el encargado de infligir las torturas a las víctimas.